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La criminalización de líderes de pueblos indígenas en Chile

Por Erika
Guevara, IPS Noticias, 23 abr 2018

Este es
un artículo de opinión de Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de
Amnistía Internacional




 
MÉXICO –
América Latina continúa siendo la región más violenta para el ejercicio de la
defensa de los derechos humanos. Aunado al creciente número de homicidios
contra personas defensoras de los derechos humanos, el perverso uso de los
sistemas de justicia penal y los medios de comunicación para criminalizarles y
estigmatizar su lucha son cada vez más frecuentes.
En
particular, las personas defensoras ambientalistas y líderes de pueblos
Indígenas dedicados a la defensa del territorio, el medio ambiente y los
recursos naturales son quienes enfrentan las peores condiciones para el
ejercicio de su trabajo.
Desde
Honduras hasta Paraguay, pasando por varios países a lo largo de la región,
Amnistía Internacional ha documentado casos emblemáticos que ponen al
descubierto la alarmante tendencia por parte de agentes del estado o actores no
estatales como las empresas de tratar de acallar las voces de líderes
comunitarios y pueblos Indígenas; sobreponiendo el interés económico de unos
cuantos en menoscabo de los derechos humanos.
A pesar
de que este contexto de violencia en contra de personas defensoras es noticia
constante, poco se conoce sobre la realidad de Chile, sobre todo en relación al
contexto histórico de criminalización y estigmatización de las comunidades del
pueblo mapuche y sus líderes.
La
historia de la machi Francisca Linconao – autoridad tradicional mapuche de la
zona de Temuco, en el de Chile- es sin duda un reflejo de esa realidad.
El 4 de
enero de 2013, en un trágico evento murieron Werner Luchsinger y Vivianne
Mackay, una pareja de adultos mayores, cuya casa fue atacada e incendiada por
desconocidos que entraron a su predio.
La
familia Luchsinger-MacKay era dueña de predios disputados como territorio
ancestral mapuche, lo que ocasionó que su muerte se vinculara automáticamente a
este conflicto.
La machi
Francisca ha sido llevada a juicio tres veces en conexión a este terrible
asesinato.
Sin
embargo, todos los procesos legales han sido cuestionados no solo por las
claras fallas al debido proceso y una prisión preventiva injustificada, sino
también por la falta de evidencias para sustentar las acusaciones.
En un
primer proceso, en el 2013, la machi Francisca fue imputada y absuelta por el
delito de tenencia ilegal de armas en relación a supuestas pruebas encontradas
en su vivienda durante un allanamiento que fue cuestionado por el proceso en
que se realizó, incluida la llegada de 30 carabineros y algunos civiles que no
se identificaron, ni explicaron las razones del allanamiento.
En el
mismo, se sustrajeron supuestamente evidencias en un lugar de la vivienda donde
sólo ingresaron policías y no permitieron el acceso de la propietaria como lo
establece la ley chilena.
La
absolución en este juicio se debió, entre otras cosas, a que los carabineros no
pudieron dar cuenta en su acusación del lugar exacto en donde supuestamente
encontraron un arma, ni demostrar que efectivamente perteneciera a la machi.
A pesar
de la absolución, en 2016 la machi Francisca fue imputada por el delito de
incendio con resultado de muerte con carácter terrorista, junto con otras 10
personas.
La
imputación a la machi se basó en el testimonio de otra persona, también
imputado en la causa, y quien posteriormente se retractó de su dicho, acusando
a la policía de haberle presionado y presentando una querella por apremios
ilegítimos, que la fiscalía nunca investigó.
Asimismo,
durante este proceso se presentan otras supuestas evidencias recogidas en el
cuestionado allanamiento del 2013. En este juicio, la machi fue nuevamente
absuelta a finales del 2017, en una sentencia que concluía que la prueba del
persecutor fiscal había estado plagada de defectos.
Sin
embargo, y en desapego a las normas internacionales, la machi está enfrentando
nuevamente un segundo juicio por los mismos incidentes y con las mismas
imputaciones, bajo aplicación de la cuestionada ley antiterrorista chilena.
La
situación actual de Francisca Linconao no puede analizarse en aislamiento del
contexto de su lucha histórica por el reconocimiento de sus territorios
ancestrales.
En el
2009, en una sentencia histórica, la machi consiguió una victoria ante los
tribunales en contra de una empresa para que detuviera la tala de un bosque
nativo, que además impedía el crecimiento de hierbas medicinales y afectaba un
manantial sagrado. El tribunal no solo resolvió en favor de la machi, sino que
además aplicó por primera vez en el país las disposiciones contenidas en el
Convenio 169 de la OIT.
¿Será una
mera casualidad que hoy día la machi Francisca este siendo criminalizada por la
justica en Chile?, ¿o se trata de una suerte de represalia por su lucha en
defensa del territorio y el medio ambiente, como ella misma lo afirma?
El hecho
de que ha sido llevada tres veces ante tribunales en conexión al horrible
crimen de la pareja Luchsinger-MacKay, siendo absuelta ya en dos ocasiones, no
solo pone en cuestionamiento la forma discriminatoria en la que se aplica la
justicia en contra de líderes de pueblos indígenas, sino que también violenta
los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas del
crimen y sus familiares.
Es una
necesidad imperante la de continuar con una investigación imparcial y expedita
que esclarezca los hechos y traiga ante la justicia a los responsables de este
terrible asesinato.
Las
autoridades chilenas tienen la obligación de garantizar condiciones para el
ejercicio de la defensa de derechos, y establecer mecanismos de protección a las
personas defensoras ambientalistas y líderes indígenas que hoy día se enfrentan
a una constante criminalización y estigmatización, así como a múltiples formas
de discriminación por su raza, género y condición de liderazgo.